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jueves, 7 de septiembre de 2017

DERECHOS HUMANOS

 DERECHOS HUMANOS
Considerando que la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana;
Considerando que el desconocimiento y el menosprecio de los derechos humanos han originado actos de barbarie ultrajantes para la conciencia de la humanidad, y que se ha proclamado, como la aspiración más elevada del hombre, el advenimiento de un mundo en que los seres humanos, liberados del temor y de la miseria, disfruten de la libertad de palabra y de la libertad de creencias;
Considerando esencial que los derechos humanos sean protegidos por un régimen de Derecho, a fin de que el hombre no se vea compelido al supremo recurso de la rebelión contra la tiranía y la opresión;
Considerando también esencial promover el desarrollo de relaciones amistosas entre las naciones;
Considerando que los pueblos de las Naciones Unidas han reafirmado en la Carta su fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana y en la igualdad de derechos de hombres y mujeres, y se han declarado resueltos a promover el progreso social y a elevar el nivel de vida dentro de un concepto más amplio de la libertad;
Considerando que los Estados Miembros se han comprometido a asegurar, en cooperación con la Organización de las Naciones Unidas, el respeto universal y efectivo a los derechos y libertades fundamentales del hombre, y
Considerando que una concepción común de estos derechos y libertades es de la mayor importancia para el pleno cumplimiento de dicho compromiso;
LA ASAMBLEA GENERAL proclama la presente DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS como ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades, y aseguren, por medidas progresivas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación universales y efectivos, tanto entre los pueblos de los Estados Miembros como entre los de los territorios colocados bajo su jurisdicción.
Analisis: El hecho de que nuestro pais haya firmado el acta de derechos humanos es muy bueno, estamos considerando las realciones de amistad con las demas naciones son derechos y obligaciones que se promueven y aplican universalmente en las naciones que hayan firmado el acta de D.R no se acepta la pena de muerte.
Fuente: http://www.un.org/es/universal-declaration-human-rights/
VIDEO ENTREVISTA

EL DIVORCIO

EL DIVORCIO 
Puede que su pareja haya traicionado su confianza o que los continuos choques entre ambos hayan empañado la felicidad conyugal. En tal caso, quizás piense: “Ya no nos amamos” o “No somos el uno para el otro” o “No sabíamos lo que estábamos haciendo cuando nos casamos” o, peor aún, “Creo que deberíamos divorciarnos”.
Antes de optar precipitadamente por el divorcio, piense un poco. El divorcio no siempre lo soluciona todo. Con frecuencia, lo único que logra es reemplazar unos problemas por otros. El psicólogo Brad Sachs advirtió lo siguiente en uno de sus libros: “Durante la separación, las parejas sueñan con el divorcio perfecto: dejar de una vez y para siempre su vida sombría y tempestuosa para iniciar una existencia plácida y agradable en un acogedor ambiente de paz. Pero el divorcio perfecto es tan imposible como el matrimonio perfecto” (The Good Enough Teen). Hace falta, pues, conocer los pros y los contras del divorcio, y ser realistas.
Analisis:  Cuando una relacion ya no da para mas ya no es bueno seguir haciendose daño, dejar de intentar algo que ya no tiene remedio, muchas veces cuando estas en un matrimonio, crees que la mejor solucion es el divorcio, pero al final el remedio puede ser peor que la enfermedad.
Fuente: https://www.jw.org/es/publicaciones/revistas/g201002/cuatro-factores-para-tomar-en-cuenta/
  • Véanse artículos 45 y 59 de este Código.
  • 2.º El matrimonio celebrado entre las personas a que se refieren los artículos 46 y 47, salvo los casos de dispensa conforme al artículo 48.
  • 3.º El que se contraiga sin la intervención del Juez, Alcalde o funcionario ante quien deba celebrarse, o sin la de los testigos.( CODIGO CIVIL)

jueves, 24 de agosto de 2017

HÁBEAS DATA


HÁBEAS DATA
Se conoce como Hábeas Data al recurso legal a disposición de todo individuo que permite acceder a un banco de información o registro de datos que incluye referencias informativas sobre sí mismo. El sujeto tiene derecho a exigir que se corrijan parte o la totalidad de los datos en caso que éstos le generen algún tipo de perjuicio o que sean erróneos.
El Hábeas Data ha sido reglamentado por la legislación de numerosas naciones y también se encuentra contemplado en normativas de protección de los datos personales. Argentina, España y Uruguay, entre otros países, cuentan con organismos de control que supervisan el manejo de dicha información de sus ciudadanos que realizan tanto las empresas privadas como las instituciones públicas.

El Hábeas Data, por lo tanto, supone una garantía sobre la adecuada manipulación de la información personal que se encuentra bajo conocimiento de terceros. Esto permite impedir los abusos y corregir los errores involuntarios en la administración y publicación de los dichos datos.

Dicho de otra forma, se trata de un derecho que todos los ciudadanos amparados en un plano jurisdiccional tienen de conocer, actualizar y modificar la información que se divulgue sobre su persona en los diferentes bancos de datos o los archivos de los organismos públicos o privados.
Este recurso legal suele ser muy importante en lo referente a la información financiera. El Hábeas Data habilita a una persona a conocer su propia historia de crédito y a saber a quiénes se les ha suministrado dicha información. El sujeto también puede exigir que, una vez que se haya cumplido el periodo de caducidad de la información, se borren todos los detalles negativos de su historia crediticia, por dar un ejemplo de una situación que suele ocurrir en la práctica.

HÁBEAS CORPUS

HÁBEAS CORPUS
El concepto de Hábeas corpus identifica al derecho que posee todo ciudadano que se encuentra detenido y a la espera de comparecer de manera inmediata y pública ante un tribunal o una autoridad. Los jueces, al oír el testimonio del detenido, determinan si el arresto es legal o ilegal y, por lo tanto, pueden decretar que finalice.
El Hábeas Corpus, por lo tanto, constituye una institución de orden jurídico que busca evitar los arrestos arbitrarios y que garantiza la libertad personal del individuo. El recurso suele emplearse para impedir abusos por parte de las autoridades ya que obliga a dar a conocer la situación del detenido ante un juez.

Cuentan los expertos que el Hábeas corpus se remonta a la época de los romanos, cuando su objetivo era exhibir al hombre libre que era detenido por otra persona. Esta herramienta jurídica, por lo tanto, estaba enfocada a los casos en los cuales se violaba la libertad entre ciudadanos y no frente a decisiones de los gobernantes.

La utilización del recurso contra las autoridades comenzó a aplicarse en 1305, cuando se le exigió al rey Eduardo I de Inglaterra que informara de la situación de un sujeto con libertad restringida.

Los especialistas destacan que el Hábeas Corpus defiende y abarca dos derechos importantes: la libertad individual (que supone que el individuo no puede ser detenido de manera arbitraria) y la integridad personal (el sujeto no debe ser víctima de daños contra su persona, como lesiones generadas por torturas, por ejemp.

miércoles, 23 de agosto de 2017

DERECHOS CONSTITUCIONALES

El blog es de tipo constitucionalse refiere al amparo directo y eficaz de todos los derechos reconocidos en la Constitución y en los instrumentos internacionales de derechos humanos y la proteccion se da cuando exista una vulneración de los derechos constitucionales tambien habla del habeas data en el que mediante orden del juez te otorgan el derecho de acceder a los documentos de las personas.
Se Aplica cuando la informacion difundida no es autorizada por la persona o por la ley y tambien en los casos de rectificacion, ya que tiene que haber una reparacion de los daños y perjuicios causados a las victimas. 
Son los recursos jurídicos diseñados para verificar la correspondencia entre los actos emitidos por quienes decretan el poder y la Constitución, anulándolas cuando aquellas quebranten los principios constitucionales.

Vínculo: http://dconstitucionale.blogspot.com/2017/08/control-constiticional.html

DERECHOS DE LOS GRUPOS DE ATENCION PRIORITARIA

"Las personas adultas mayores, niñas, niños y adolescentes, mujeres embarazadas, personas con discapacidad, personas privadas de libertad y quienes adolezcan de enfermedades catastróficas o de alta complejidad, recibirán atención prioritaria y especializada en los ámbitos público y privado. La misma atención prioritaria recibirán las personas en situación de riesgo, las víctimas de violencia doméstica y sexual, maltrato infantil, desastres naturales o antropogénicos. El Estado prestará especial protección a las personas en condición de doble vulnerabilidad."

Art. 37.- El Estado garantizará a las personas adultas mayores los siguientes derechos: 
1. La atención gratuita y especializada de salud, así como el acceso gratuito a medicinas. 
2. El trabajo remunerado, en función de sus capacidades, para lo cual tomará en cuenta sus limitaciones. 
3. La jubilación universal. 
4. Rebajas en los servicios públicos y en servicios privados de transporte y espectáculos. 
5. Exenciones en el régimen tributario. 
6. Exoneración del pago por costos notariales y registrales, de acuerdo con la ley. 
7. El acceso a una vivienda que asegure una vida digna, con respeto a su opinión y consentimiento. Aquí se destaca el reconocimiento explícito de los derechos de los adultos mayores a atención de salud, trabajo remunerado, jubilación, rebajas en servicios, exenciones tributarias y acceso a vivienda. La Constitución de 1998 reconocía los derechos a asistencia especial que les asegure un nivel de vida digno, atención integral de salud gratuita y tratamiento preferente tributario y en servicios. Por lo tanto, la Constitución de 2008 amplía los derechos de las adultas y adultos mayores: trabajo, jubilación y vivienda. En la sección segunda, Jóvenes, se presentan los siguientes derechos: 
Art. 39.- El Estado garantizará los derechos de las jóvenes y los jóvenes, y promoverá su efectivo ejercicio a través de políticas y programas, instituciones y recursos que aseguren y mantengan de modo permanente su participación e inclusión en todos los ámbitos, en particular en los espacios del poder público. El Estado reconocerá a las jóvenes y los jóvenes como actores estratégicos del desarrollo del país, y les garantizará la educación, salud, vivienda, recreación, deporte, tiempo libre, libertad de expresión y asociación. El Estado fomentará su incorporación al trabajo en condiciones justas y dignas, con énfasis en la capacitación, la garantía de acceso al primer empleo y la promoción de sus habilidades de emprendimiento. Este artículo no detalla directamente los derechos de los jóvenes pero establece que el Estado les garantizará la educación, salud, vivienda, recreación, deporte, tiempo libre, libertad de expresión y asociación, así como fomentará su incorporación al trabajo. La Constitución de 1998 no hace mención alguna a los jóvenes. 

Resultado de imagen para derechos de atencion prioritaria

jueves, 17 de agosto de 2017

ENTREVISTA A UN ESTUDIANTE DE COMUNICACION SOCIAL

ENTREVISTA A UN ESTUDIANTE DE COMUNICACION SOCIAL DE PRIMER SEMESTRE
NOMBRE: JONATHAN CALERO
¿QUE ES DERECHO?
 FECHA: JUEVES, 17 DE AGOSTO DEL 2017
Respuesta: Todas las personas tenemos derechos y merecemos que haya justicia en el momento de defender nuestros derechos asi como tenemos obligaciones y estos son inalaneables inherentes respecto a todos los seres humanos.
Analisis: realmente no conocia sobre el tema muy a fondo porque me dijo un concepto mezclado entre que es derecho y que es derechos humanos, ya que fue algo muy basico y dijo que estaba apurado.

miércoles, 16 de agosto de 2017

GALO CHIRIBOGA EX FISCAL DEL ESTADO

El exfiscal general del Estado Galo Chiriboga salió pasadas las 17:00 de este lunes 14 de agosto de la Fiscalía, en Quito, hasta donde fue llevado luego de ser retenido para una ampliación de versión. Visiblemente molesto, el exfiscal aseguró que nunca intentó salir del país y que el Comandante de la Policía malinformó al respecto, en referencia a unas declaraciones del ministro del Interior César Navas, que indicó que Chiriboga poseía pasajes para Colombia. "El que aparezca en el registro el pasaje y el de mi esposa no quiere decir que voy a viajar, es más, habíamos cancelado el viaje, es más, el oficial de policía que fue a notificarme y a indicarme que tenía la ampliación de esta versión para hoy en la tarde, vio que ni siquiera ingresé al terminal aéreo", recalcó. Chiriboga reiteró que fue hasta el aeropuerto Mariscal Sucre de Tababela para despedir a su hija que iba de vacaciones a los Estados Unidos, "por lo tanto eso debió haber informado la policía (....) no se puede denigrar a las personas de esta manera". "No tengo órdenes de prisión, no tengo arraigo, no tengo nada", dijo el exfiscal al señalar que la notificación de que debía acudir a la diligencia le llegó al correo electrónico a las 22:32 del domingo. Respecto a si saldrá del país, Chiriboga respondió: "Yo puedo salir en este momento del país, no tengo problemas con la justicia. Y yo respeto a la justicia ecuatoriana porque creo en la justicia, he sido parte de la justicia del Ecuador. Yo no soy Capaya para salir volando, no soy el contralor Pólit, no soy Pedro Delgado. No me siento perseguido, me siento maltratado. Creo que le he entregado al país un sevicio profesional digno (...) Haberme hecho pasado lo que hoy he pasado, no solo afecta a la persona física del exfiscal, afecta a la institución de la Fiscalía".

Esta noticia ha sido publicada originalmente por Diario EL TELÉGRAFO bajo la siguiente dirección: http://www.eltelegrafo.com.ec/noticias/judicial/13/exfiscal-galo-chiriboga-fue-retenido-para-investigaciones
Si va a hacer uso de la misma, por favor, cite nuestra fuente y coloque un enlace hacia la nota original. www.eltelegrafo.com.ec
El exfiscal general del Estado Galo Chiriboga salió pasadas las 17:00 de este lunes 14 de agosto de la Fiscalía, en Quito, hasta donde fue llevado luego de ser retenido para una ampliación de versión. Visiblemente molesto, el exfiscal aseguró que nunca intentó salir del país y que el Comandante de la Policía malinformó al respecto, en referencia a unas declaraciones del ministro del Interior César Navas, que indicó que Chiriboga poseía pasajes para Colombia. "El que aparezca en el registro el pasaje y el de mi esposa no quiere decir que voy a viajar, es más, habíamos cancelado el viaje, es más, el oficial de policía que fue a notificarme y a indicarme que tenía la ampliación de esta versión para hoy en la tarde, vio que ni siquiera ingresé al terminal aéreo", recalcó. Chiriboga reiteró que fue hasta el aeropuerto Mariscal Sucre de Tababela para despedir a su hija que iba de vacaciones a los Estados Unidos, "por lo tanto eso debió haber informado la policía (....) no se puede denigrar a las personas de esta manera". "No tengo órdenes de prisión, no tengo arraigo, no tengo nada", dijo el exfiscal al señalar que la notificación de que debía acudir a la diligencia le llegó al correo electrónico a las 22:32 del domingo. Respecto a si saldrá del país, Chiriboga respondió: "Yo puedo salir en este momento del país, no tengo problemas con la justicia. Y yo respeto a la justicia ecuatoriana porque creo en la justicia, he sido parte de la justicia del Ecuador. Yo no soy Capaya para salir volando, no soy el contralor Pólit, no soy Pedro Delgado. No me siento perseguido, me siento maltratado. Creo que le he entregado al país un sevicio profesional digno (...) Haberme hecho pasado lo que hoy he pasado, no solo afecta a la persona física del exfiscal, afecta a la institución de la Fiscalía".

Esta noticia ha sido publicada originalmente por Diario EL TELÉGRAFO bajo la siguiente dirección: http://www.eltelegrafo.com.ec/noticias/judicial/13/exfiscal-galo-chiriboga-fue-retenido-para-investigaciones
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El exfiscal general del Estado Galo Chiriboga salió pasadas las 17:00 de este lunes 14 de agosto de la Fiscalía, en Quito, hasta donde fue llevado luego de ser retenido para una ampliación de versión. Visiblemente molesto, el exfiscal aseguró que nunca intentó salir del país y que el Comandante de la Policía malinformó al respecto, en referencia a unas declaraciones del ministro del Interior César Navas, que indicó que Chiriboga poseía pasajes para Colombia. "El que aparezca en el registro el pasaje y el de mi esposa no quiere decir que voy a viajar, es más, habíamos cancelado el viaje, es más, el oficial de policía que fue a notificarme y a indicarme que tenía la ampliación de esta versión para hoy en la tarde, vio que ni siquiera ingresé al terminal aéreo", recalcó. Chiriboga reiteró que fue hasta el aeropuerto Mariscal Sucre de Tababela para despedir a su hija que iba de vacaciones a los Estados Unidos, "por lo tanto eso debió haber informado la policía (....) no se puede denigrar a las personas de esta manera". "No tengo órdenes de prisión, no tengo arraigo, no tengo nada", dijo el exfiscal al señalar que la notificación de que debía acudir a la diligencia le llegó al correo electrónico a las 22:32 del domingo. Respecto a si saldrá del país, Chiriboga respondió: "Yo puedo salir en este momento del país, no tengo problemas con la justicia. Y yo respeto a la justicia ecuatoriana porque creo en la justicia, he sido parte de la justicia del Ecuador. Yo no soy Capaya para salir volando, no soy el contralor Pólit, no soy Pedro Delgado. No me siento perseguido, me siento maltratado. Creo que le he entregado al país un sevicio profesional digno (...) Haberme hecho pasado lo que hoy he pasado, no solo afecta a la persona física del exfiscal, afecta a la institución de la Fiscalía".

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El exfiscal general del Estado Galo Chiriboga salió pasadas las 17:00 de este lunes 14 de agosto de la Fiscalía, en Quito, hasta donde fue llevado luego de ser retenido para una ampliación de versión. Visiblemente molesto, el exfiscal aseguró que nunca intentó salir del país y que el Comandante de la Policía malinformó al respecto, en referencia a unas declaraciones del ministro del Interior César Navas, que indicó que Chiriboga poseía pasajes para Colombia. "El que aparezca en el registro el pasaje y el de mi esposa no quiere decir que voy a viajar, es más, habíamos cancelado el viaje, es más, el oficial de policía que fue a notificarme y a indicarme que tenía la ampliación de esta versión para hoy en la tarde, vio que ni siquiera ingresé al terminal aéreo", recalcó. Chiriboga reiteró que fue hasta el aeropuerto Mariscal Sucre de Tababela para despedir a su hija que iba de vacaciones a los Estados Unidos, "por lo tanto eso debió haber informado la policía (....) no se puede denigrar a las personas de esta manera". "No tengo órdenes de prisión, no tengo arraigo, no tengo nada", dijo el exfiscal al señalar que la notificación de que debía acudir a la diligencia le llegó al correo electrónico a las 22:32 del domingo. Respecto a si saldrá del país, Chiriboga respondió: "Yo puedo salir en este momento del país, no tengo problemas con la justicia. Y yo respeto a la justicia ecuatoriana porque creo en la justicia, he sido parte de la justicia del Ecuador. Yo no soy Capaya para salir volando, no soy el contralor Pólit, no soy Pedro Delgado. No me siento perseguido, me siento maltratado. Creo que le he entregado al país un sevicio profesional digno (...) Haberme hecho pasado lo que hoy he pasado, no solo afecta a la persona física del exfiscal, afecta a la institución de la Fiscalía"

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El exfiscal general del Estado Galo Chiriboga salió pasadas las 17:00 de este lunes 14 de agosto de la Fiscalía, en Quito, hasta donde fue llevado luego de ser retenido para una ampliación de versión. Visiblemente molesto, el exfiscal aseguró que nunca intentó salir del país y que el Comandante de la Policía malinformó al respecto, en referencia a unas declaraciones del ministro del Interior César Navas, que indicó que Chiriboga poseía pasajes para Colombia. "El que aparezca en el registro el pasaje y el de mi esposa no quiere decir que voy a viajar, es más, habíamos cancelado el viaje, es más, el oficial de policía que fue a notificarme y a indicarme que tenía la ampliación de esta versión para hoy en la tarde, vio que ni siquiera ingresé al terminal aéreo", recalcó. Chiriboga reiteró que fue hasta el aeropuerto Mariscal Sucre de Tababela para despedir a su hija que iba de vacaciones a los Estados Unidos, "por lo tanto eso debió haber informado la policía (....) no se puede denigrar a las personas de esta manera". "No tengo órdenes de prisión, no tengo arraigo, no tengo nada", dijo el exfiscal al señalar que la notificación de que debía acudir a la diligencia le llegó al correo electrónico a las 22:32 del domingo. Respecto a si saldrá del país, Chiriboga respondió: "Yo puedo salir en este momento del país, no tengo problemas con la justicia. Y yo respeto a la justicia ecuatoriana porque creo en la justicia, he sido parte de la justicia del Ecuador. Yo no soy Capaya para salir volando, no soy el contralor Pólit, no soy Pedro Delgado. No me siento perseguido, me siento maltratado. Creo que le he entregado al país un sevicio profesional digno (...) Haberme hecho pasado lo que hoy he pasado, no solo afecta a la persona física del exfiscal, afecta a la institución de la Fiscalía".

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El exfiscal general del Estado Galo Chiriboga salió pasadas las 17:00 de este lunes 14 de agosto de la Fiscalía, en Quito, hasta donde fue llevado luego de ser retenido para una ampliación de versión. Visiblemente molesto, el exfiscal aseguró que nunca intentó salir del país y que el Comandante de la Policía malinformó al respecto, en referencia a unas declaraciones del ministro del Interior César Navas, que indicó que Chiriboga poseía pasajes para Colombia. "El que aparezca en el registro el pasaje y el de mi esposa no quiere decir que voy a viajar, es más, habíamos cancelado el viaje, es más, el oficial de policía que fue a notificarme y a indicarme que tenía la ampliación de esta versión para hoy en la tarde, vio que ni siquiera ingresé al terminal aéreo", recalcó. Chiriboga reiteró que fue hasta el aeropuerto Mariscal Sucre de Tababela para despedir a su hija que iba de vacaciones a los Estados Unidos, "por lo tanto eso debió haber informado la policía (....) no se puede denigrar a las personas de esta manera". "No tengo órdenes de prisión, no tengo arraigo, no tengo nada", dijo el exfiscal al señalar que la notificación de que debía acudir a la diligencia le llegó al correo electrónico a las 22:32 del domingo. Respecto a si saldrá del país, Chiriboga respondió: "Yo puedo salir en este momento del país, no tengo problemas con la justicia. Y yo respeto a la justicia ecuatoriana porque creo en la justicia, he sido parte de la justicia del Ecuador. Yo no soy Capaya para salir volando, no soy el contralor Pólit, no soy Pedro Delgado. No me siento perseguido, me siento maltratado. Creo que le he entregado al país un sevicio profesional digno (...) Haberme hecho pasado lo que hoy he pasado, no solo afecta a la persona física del exfiscal, afecta a la institución de la Fiscalía".

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El exfiscal general del Estado Galo Chiriboga salió pasadas las 17:00 de este lunes 14 de agosto de la Fiscalía, en Quito, hasta donde fue llevado luego de ser retenido para una ampliación de versión. Visiblemente molesto, el exfiscal aseguró que nunca intentó salir del país y que el Comandante de la Policía malinformó al respecto, en referencia a unas declaraciones del ministro del Interior César Navas, que indicó que Chiriboga poseía pasajes para Colombia. "El que aparezca en el registro el pasaje y el de mi esposa no quiere decir que voy a viajar, es más, habíamos cancelado el viaje, es más, el oficial de policía que fue a notificarme y a indicarme que tenía la ampliación de esta versión para hoy en la tarde, vio que ni siquiera ingresé al terminal aéreo", recalcó. Chiriboga reiteró que fue hasta el aeropuerto Mariscal Sucre de Tababela para despedir a su hija que iba de vacaciones a los Estados Unidos, "por lo tanto eso debió haber informado la policía (....) no se puede denigrar a las personas de esta manera". "No tengo órdenes de prisión, no tengo arraigo, no tengo nada", dijo el exfiscal al señalar que la notificación de que debía acudir a la diligencia le llegó al correo electrónico a las 22:32 del domingo. Respecto a si saldrá del país, Chiriboga respondió: "Yo puedo salir en este momento del país, no tengo problemas con la justicia. Y yo respeto a la justicia ecuatoriana porque creo en la justicia, he sido parte de la justicia del Ecuador. Yo no soy Capaya para salir volando, no soy el contralor Pólit, no soy Pedro Delgado. No me siento perseguido, me siento maltratado. Creo que le he entregado al país un sevicio profesional digno (...) Haberme hecho pasado lo que hoy he pasado, no solo afecta a la persona física del exfiscal, afecta a la institución de la Fiscalía".

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GALO CHIRIBOGA EX FISCAL DEL ESTADO
Chiriboga señaló que se enteró de que debía rendir la versión recién a las 09:30 de ayer y aclaró que solo tenían que llamarlo por teléfono y él habría concurrido. “Yo no voy a salir del país, no tengo por qué hacerlo. Yo no soy Capaya, Carlos Pólit...”.
A Chiriboga se lo investiga por el viaje que realizó Pareja Yannuzzelli a España, el 28 de septiembre de 2016, semanas antes de que lo vincularan al proceso por cohecho.
En febrero pasado, Pareja afirmó, en uno de sus denominados CapayaLeaks, que recibió de un funcionario de la Fiscalía una llamada telefónica, el 26 de septiembre de 2016, en la que se lo alertaba de que debía salir del país. Aparentemente la sospecha recaía sobre el exfiscal y por eso se abrió la investigación previa que fue archivada en junio pasado.
Chiriboga señaló que en esta diligencia se evidenciaron con documentos las mentiras que Capaya ha dicho. Incluso, explicó, ha informado a la Fiscalía que tuvo información que sobre el supuesto contacto telefónico de Fiscalía con él se hizo un rastreo en el Ministerio del Interior, en el que estuvieron el exministro José Serrano; Alexis Mera, secretario jurídico de la Presidencia; el expresidente Rafael Correa y el comandante de la Policía, Diego Mejía.
“Además de las pruebas que Fiscalía había obtenido de que no hubo tales llamadas, ese rastreo reveló que no hubo tales llamadas y el comandante general sabía que no las hubo y por lo tanto nunca lo informó al país, y va a tener que responder por esas inconductas”, indicó.
 Fuente: http://www.eluniverso.com/noticias/2017/08/14/nota/6330214/galo-chiriboga-fue-llevado-fiscalia-esta-manana
Analisis: encubrio pruebas que hubieran podido ser cruciales en el caso de capaya y carlos polit por lo tanto fue complice de estas personas corruptas que se llevaron dinero de nuestro pais a manos llenas.
El exfiscal general del Estado Galo Chiriboga salió pasadas las 17:00 de este lunes 14 de agosto de la Fiscalía, en Quito, hasta donde fue llevado luego de ser retenido para una ampliación de versión. Visiblemente molesto, el exfiscal aseguró que nunca intentó salir del país y que el Comandante de la Policía malinformó al respecto, en referencia a unas declaraciones del ministro del Interior César Navas, que indicó que Chiriboga poseía pasajes para Colombia. "El que aparezca en el registro el pasaje y el de mi esposa no quiere decir que voy a viajar, es más, habíamos cancelado el viaje, es más, el oficial de policía que fue a notificarme y a indicarme que tenía la ampliación de esta versión para hoy en la tarde, vio que ni siquiera ingresé al terminal aéreo", recalcó. Chiriboga reiteró que fue hasta el aeropuerto Mariscal Sucre de Tababela para despedir a su hija que iba de vacaciones a los Estados Unidos, "por lo tanto eso debió haber informado la policía (....) no se puede denigrar a las personas de esta manera". "No tengo órdenes de prisión, no tengo arraigo, no tengo nada", dijo el exfiscal al señalar que la notificación de que debía acudir a la diligencia le llegó al correo electrónico a las 22:32 del domingo. Respecto a si saldrá del país, Chiriboga respondió: "Yo puedo salir en este momento del país, no tengo problemas con la justicia. Y yo respeto a la justicia ecuatoriana porque creo en la justicia, he sido parte de la justicia del Ecuador. Yo no soy Capaya para salir volando, no soy el contralor Pólit, no soy Pedro Delgado. No me siento perseguido, me siento maltratado. Creo que le he entregado al país un sevicio profesional digno (...) Haberme hecho pasado lo que hoy he pasado, no solo afecta a la persona física del exfiscal, afecta a la institución de la Fiscalía".

Esta noticia ha sido publicada originalmente por Diario EL TELÉGRAFO bajo la siguiente dirección: http://www.eltelegrafo.com.ec/noticias/judicial/13/exfiscal-galo-chiriboga-fue-retenido-para-investigaciones
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El exfiscal general del Estado Galo Chiriboga salió pasadas las 17:00 de este lunes 14 de agosto de la Fiscalía, en Quito, hasta donde fue llevado luego de ser retenido para una ampliación de versión. Visiblemente molesto, el exfiscal aseguró que nunca intentó salir del país y que el Comandante de la Policía malinformó al respecto, en referencia a unas declaraciones del ministro del Interior César Navas, que indicó que Chiriboga poseía pasajes para Colombia. "El que aparezca en el registro el pasaje y el de mi esposa no quiere decir que voy a viajar, es más, habíamos cancelado el viaje, es más, el oficial de policía que fue a notificarme y a indicarme que tenía la ampliación de esta versión para hoy en la tarde, vio que ni siquiera ingresé al terminal aéreo", recalcó. Chiriboga reiteró que fue hasta el aeropuerto Mariscal Sucre de Tababela para despedir a su hija que iba de vacaciones a los Estados Unidos, "por lo tanto eso debió haber informado la policía (....) no se puede denigrar a las personas de esta manera". "No tengo órdenes de prisión, no tengo arraigo, no tengo nada", dijo el exfiscal al señalar que la notificación de que debía acudir a la diligencia le llegó al correo electrónico a las 22:32 del domingo. Respecto a si saldrá del país, Chiriboga respondió: "Yo puedo salir en este momento del país, no tengo problemas con la justicia. Y yo respeto a la justicia ecuatoriana porque creo en la justicia, he sido parte de la justicia del Ecuador. Yo no soy Capaya para salir volando, no soy el contralor Pólit, no soy Pedro Delgado. No me siento perseguido, me siento maltratado. Creo que le he entregado al país un sevicio profesional digno (...) Haberme hecho pasado lo que hoy he pasado, no solo afecta a la persona física del exfiscal, afecta a la institución de la Fiscalía".

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CARLOS POLIT CONTRALOR DEL ESTADO
 Las pruebas de Carlos Pólit hoy se difunden
https://www.youtube.com/watch?v=iuT3X4ej7EE

Sobre Odebrecht, Acosta señaló que ese caso no tiene 2.226 contratos, sino que esa empresa tenía un contrato que era San Francisco, con indicios de responsabilidad penal y hubo un proceso para que retorne Odebrecht al país, donde participó la Fiscalía, personal del Ejecutivo, la Función Judicial y no la Contraloría. Luego de eso hubo 15 informes con indicios de responsabilidad en temas de contratación con la brasileña.
Hoy, Pólit presentará informes de todo lo hecho respecto a los contratos, poniendo énfasis en los de Odebrecht, en cuyo “regreso participó raimundo y todo el mundo, menos la Contraloría, pero que quien está en problemas es el contralor”.
Ayer, dentro de las diligencias de la Comisión de Fiscalización compareció el exfiscal general Galo Chiriboga, para informar las acciones sobre el caso de Odebrecht que empezó en su administración.
Hizo un recuento de su accionar y aclaró que la indagación contra Pólit, se realizó en la administración de Carlos Baca, como resultado de la cooperación con Odebrecht, pero que en la suya no se conoció ningún hecho relacionado con inconductas del excontralor.
Chiriboga dejó la Fiscalía el 11 de mayo y los operativos que incluyeron la casa de Pólit se dieron el 2 de junio. Entonces el exjefe de Estado Rafael Correa dijo que esas acciones fueron resultado de semanas de vigilancia. “Creer que las detenciones y allanamientos (...) son fruto de una semana de trabajo es ingenuidad extrema...”.
Fuente:  http://www.eluniverso.com/noticias/2017/06/27/nota/6251389/pruebas-carlos-polit-hoy-se-difunden
 Analisis: El alega que todo el mundo participo en el desfalco que hizo odebrecht pero le hechan la culpa al contralor porque el es el que maneja la economia, pero el es quien puede destapar la olla de grillos.


martes, 8 de agosto de 2017

JORGE GLAS ES DESTITUIDO DE LA VICEPRESIDENCIA


JORGE GLAS ES DESTITUIDO DE LA VICEPRESIDENCIA

El vicepresidente Jorge Glas fue abordado por la prensa al salir de una entrevista radial este 3 de agosto del 2017. Se le consultó sobre si seguirá cumpliendo las funciones que el actual Gobierno le encomendó, luego de su posesión, el 24 de mayo pasado. “Mi situación está en manos del Presidente”, comentó brevemente. “No he sido notificado de nada. Esa es una decisión del Presidente (Lenín Moreno). Ahora comprenderán que mis delegaciones están en base. Hay una articulación de ministros en el equipo de reconstrucción, manifestó.
Le mando un abrazo a Manabí y Esmeraldas, agregó Glas, tengo toda la voluntad de seguir trabajando en la reconstrucción, pero si los ministros ya reciben otro tipo de instrucciones “serán delegaciones inertes”. Glas confirmó esta mañana que no va a renunciar al cargo y que tampoco tiene previsto salir del país. En la víspera, un comunicado que publicó la Vicepresidencia agitó el ambiente político en el país. Glas señaló a Moreno por supuestamente pactar con grupos de oposición y tratar de manipular las cifras económicas del anterior Gobierno para justificar un ‘paquetazo’ económico.El presidente de Ecuador, Lenín Moreno, anunció este jueves la suspensión de las funciones asignadas al vicepresidente Jorge Glas, a través del Decreto Ejecutivo Nº 100.

Por medio de un comunicado, el mandatario aseguró el funcionario electo como su compañero de fórmula en las pasadas elecciones "no entendió" el compromiso de la Revolución Ciudadana que "implica servir a la patria en unidad de esfuerzos". 

En el documento, expedido este jueves 3 de agosto, dispone retirar a Glas de la integración y encargo de la articulación del Consejo Sectorial de la Producción. Además, lo aparta del Consejo Consultivo, Productivo y Tributario.

Asimismo, lo aparta de la integración y presidencia del Comité para la Reconstrucción y Reactivación Productiva y del Empleo en las zonas afectadas por el terremoto del 16 de abril de 2016. También dejará de presidir la Junta de Regulación de la Ley Orgánica de Regulación y Control del Poder de Mercado. 

Asimismo, lo aparta de la integración y presidencia del Comité para la Reconstrucción y Reactivación Productiva y del Empleo en las zonas afectadas por el terremoto del 16 de abril de 2016. También dejará de presidir la Junta de Regulación de la Ley Orgánica de Regulación y Control del Poder de Mercado.

Fuente: https://www.elcomercio.com/actualidad/vicepresidente-jorgeglas-decision-presidente-leninmoreno.html
Analisis:  Jorge glas se ha portado como un politico corrupto mas del monton, la olla esta apunto de destaparse pero el no se ira solo quiere llevarse a todo el partido pólitico con el, hay que ver si se va a quedar con sus nuevos amigos o con los viejos.

https://www.youtube.com/watch?v=m3zrgxTOa84

jueves, 3 de agosto de 2017

ENCUESTA DE DIAGNOSTICO

Encuesta de diagnostico
PORFAVOR AYUDENME RESPONDIENDO ESTA ENCUESTA  ES PARA VERIFICAR  COMO SE VA DESARROLLANDO MI BLOG Y SU NIVEL DE SATISFACCION DE ANTEMANO MUCHAS GRACIAS.
LOS QUIERO.

EL DIVORCIO

Los motivos del divorcio

Tradicionalmente, el divorcio siempre requería una demostración de culpa. La tendencia moderna, sin embargo, es hacia lo que se conoce como divorcio sin culpa. Aunque todos los estados ahora ofrecen la opción de un divorcio sin culpa (Nueva York terminó su holdout en 2010), todavía hay una mayoría de estados que permiten la presentación de una acción de divorcio basada en la culpa de una de las partes. Una parte que puede demostrar con éxito que el otro cónyuge causó la ruptura del matrimonio puede obtener una ventaja en la custodia, el apoyo y la determinación de la propiedad.
Las leyes de divorcio sin culpa varían de estado a estado, y normalmente requieren que usted indique correctamente el idioma requerido. La verborrea más común utilizada en los procedimientos sin culpa es una de las siguientes:
  • El matrimonio se rompe irremediablemente
  • Ha habido una ruptura irremediable del matrimonio
  • Las partes tienen diferencias irreconciliables
  • Las partes han estado viviendo aparte durante un período de tiempo específico
Del mismo modo, los motivos para el divorcio en flagrante son diferentes en cada estado, pero pueden incluir:
  • Adulterio
  • Encarcelamiento
  • Abuso físico, emocional o mental
  • Abuso de sustancias
  • Abandono / deserción (la cantidad de tiempo varía de un estado a otro)
  • Locura
  • Infección con una enfermedad de transmisión sexual
  • Impotencia
Muchos estados permiten una anulación -a diferencia de un divorcio- si las partes están demasiado estrechamente relacionadas entre sí. Una anulación presupone que el matrimonio nunca ocurrió legalmente.

Las diferentes maneras de finalizar un divorcio

La disolución de un matrimonio es impugnada o no. Si hay alguna disputa sobre cualquier resultado del divorcio-custodia, visita, apoyo o propiedad-el divorcio se considera que está en disputa. Cada partido en un divorcio disputado tendrá su propio consejo (o se representará a sí mismo). Un divorcio disputado puede resolverse mediante negociación, mediación o juicio.
Debido a que la disolución de un matrimonio requiere una orden judicial, incluso cuando las partes no tienen ninguna disputa sobre cualquiera de las cuestiones relacionadas con el divorcio, una parte todavía debe presentar una queja (petición legal) para el divorcio.
Las partes pueden optar por someter todas las controversias a la mediación, cuando un tercero trabaje con ellas para encontrar e implementar soluciones mutuamente aceptables. En un desarrollo reciente, conocido como el enfoque de divorcio colaborativo, las partes acuerdan resolver todos los asuntos sin la intervención de los tribunales. Aprenda más sobre el enfoque de colaboración para el divorcio.

domingo, 30 de julio de 2017

DERECHO PÚBLICO


 DERECHO PÚBLICO
El derecho público es la parte del ordenamiento jurídico que regula las relaciones entre las personas o entidades privadas con los órganos que ostentan el poder público cuando estos últimos actúan en ejercicio de sus legítimas potestades públicas (jurisdiccionales, administrativas, según la naturaleza del órgano que las ejerce) y de acuerdo con el procedimiento legalmente establecido, y de los órganos de la Administración pública entre sí.
La característica del derecho público es que sus mandatos no se encuentran sujetos a la autonomía de la voluntad que pudiesen ejercer las partes (es decir «no» pueden ser modificados por las partes en uso legítimo de su autonomía de la voluntad, como sí ocurre en el derecho privado). Son mandatos «irrenunciables y obligatorios», en virtud de ser mandados en una relación de subordinación por el Estado (en ejercicio legítimo de su principio de imperio). La justificación es que regulan derechos que hacen al orden público y deben ser acatados por toda la población.
También se ha definido al derecho público como la parte del ordenamiento jurídico que regula las relaciones de supraordenación y de subordinación entre el Estado y los particulares y las relaciones de supraordenación, de subordinación y de coordinación de los órganos y divisiones funcionales del Estado entre sí.
Fuente:  https://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_p%C3%BAblico

JUSTICIA

 JUSTICIA
El pensamiento griego anterior a Sócrates vinculaba la idea de justicia a la de orden: es injusto cuanto vulnera o desequilibra el orden a que pertenece. Platón moralizó su concepto al considerarla como un bien superior, incluso a la felicidad- y una virtud. Tanto él como Aristóteles vieron en la justicia una función primordial del poder político.
Los juristas romanos entendieron la justicia, en principio, de manera marcadamente subjetiva. Partiendo de que lo justo (iustum) era lo que se acomodaba al derecho (ius), reputaban justa la voluntad de acatarlo. Sobre esta voluntad, de ser perseverante, construyeron el concepto de justicia. Así dijo Ulpiano que tal es la constante y perpetua voluntad de dar a cada uno su derecho, es decir, lo suyo.

Justicia es la cualidad de lo justo. Administrar justicia consiste esencialmente en declarar lo que es justo en el caso concreto sometido al tribunal.
La justicia se califica de distributiva cuando aspira a repartir entre las personas los bienes, los derechos, los deberes y los honores, en función del valor y de las aptitudes de cada uno y de su función en la sociedad.
La justicia se dice conmutativa para designar la que vela por una igualdad aritmética en los intercambios.

Fuente:  http://enciclopedia-juridica.biz14.com/d/justicia/justicia.htm

COBRO DE HONORARIOS

 COBRO DE HONORARIOS
Pericles fue el primer abogado en la antigua Grecia, al principio los abogados trabajaban de forma gratuita. Fue Antisoases quien por primera vez le cobró a sus clientes por defenderlos en un juicio, puso precio a prestar sus servicios y el pago era en efectivo a cambio de asistirlos en su defensa y esto se extendió a todos los oradores, en ese entonces considerados abogados en Grecia hasta que cobrar por sus servicios, se hizo una práctica común.

En Roma también la profesión de abogacía era gratuita hasta que tiempo después Cicerón recibió de Publio Syla un millón de sestercios como pago a sus servicios, augusto prohibió a los abogados recibir honorarios porque se aprovechaban pidiendo cantidades exuberantes otros reyes pusieron un limite en el precio a pagar por los honorarios.


MEDIDAS NO PRIVATIVAS DE LA LIBERTAD

MEDIDAS NO PRIVATIVAS DE LA LIBERTAD
La o el juzgador podrá imponer una o varias de las siguientes medidas cautelares para asegurar la presencia de la persona procesada y se aplicará de forma prioritaria a la privación de libertad:
1. Prohibición de ausentarse del país.
2. Obligación de presentarse periódicamente ante la o el juzgador que conoce el proceso o ante la autoridad o institución que designe.
3. Arresto domiciliario.
4. Dispositivo de vigilancia electrónica.
5. Detención.
6. Prisión preventiva.
La o el juzgador, en los casos de los numerales 1, 2 y 3 de este artículo, podrá ordenar, además, el uso de un dispositivo de vigilancia electrónica.
Fuente:  http://www.justicia.gob.ec/wp-content/uploads/2014/05/c%C3%B3digo_org%C3%A1nico_integral_penal_-_coip_ed._sdn-mjdhc.pdf


DERECHO POSITIVO

 DERECHO POSITIVO
El derecho positivo es aquel grupo de normas o leyes jurídicas escritas que se hallan vigentes en un Estado dispuestas por sus órganos competentes; es decir se habla de una agrupación de leyes elementales pronunciadas por una administración para que cumplan un determinado fin, que deben estar carentes de los valores y principios básicos de índole universal e inalterable que derivan del derecho natural para ratificar su validez.
 l derecho positivo en ciertos casos puede ponerse en vigencia o no dependiendo si la ley rige para una determinada población, o si por su parte ha sido derogada por una dada promulgación de una posterior. Cabe destacar que no solo a la ley como tal se le considera derecho positivo, sino que también a toda la normativa jurídica que se halla escrita como los decretos, reglamentos, acuerdo, etc. En un sentido general el Poder Legislativo, Parlamento o Congreso, de aplicación apremiante referente a sus habitantes y que estos deben consumar, sin la posibilidad de poder desconocerla, debido a que se publican previamente de entrar en vigencia.
En sus inicios el derecho positivo se opuso rotundamente al derecho natural puesto que se interpretó como algo universal y permanente, tal como una normativa histórica y relacionada a la realidad política-social particular y concreta; el derecho natural se regía por las normas divinas en cambio el derecho positivo se constituía por la voluntad procedente por la voluntad del hombre.
Hoy en día el derecho positivo es propio de una soberanía que emana de la actividad legislativa en las órdenes jurídicas de tradición romanista, siempre y cuando la misma se realice conforme al reglamento constitucional que normaliza la producción de la ley escrita.
Fuente:  http://conceptodefinicion.de/derecho-positivo/